El complicado régimen privilegiado del artículo 30 del Código Penal español en materia de codelincuencia y encubrimiento en los delitos cometidos utilizando medios o soportes de difusión mecánicos

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Miguel Díaz y García Conlledo

Resumen

El Código Penal español establece en su artículo 30 un régimen privilegiado en materia de codelincuencia y encubrimiento en los delitos cometidos utilizando medios o soportes de difusión mecánicos
(los tradicionalmente llamados “delitos de imprenta”), régimen que no tiene parangón en muchos países. En el presente trabajo se repasan algunos aspectos complicados de ese régimen y se valora la conveniencia de su mantenimiento, llegando a la conclusión de que sería preferible su derogación y, por consiguiente, su no exportación a otros países o su derogación en los que exista algo similar. Palabras clave: delitos cometidos utilizando medios de difusión mecánicos, delitos de imprenta, codelincuencia, autoría y participación, encubrimiento, libertad de prensa.

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Cómo citar
Díaz y García Conlledo , M. (2013). El complicado régimen privilegiado del artículo 30 del Código Penal español en materia de codelincuencia y encubrimiento en los delitos cometidos utilizando medios o soportes de difusión mecánicos. Revista Penal México, 2(4), 21–34. Recuperado a partir de https://revistaciencias.inacipe.gob.mx/index.php/01/article/view/145
Sección
Artículos

Citas

A. Beristáin, Nueva Criminología desde el Derecho penal y la Victimología, Valencia, 1994.

A. García Pablos de Molina, “La supuesta función resocializadora del Derecho Penal: utopía, mito y eufemismo”, ADP, 1979.

A. I. Perez Machio, El delito contra la integridad moral del artículo 173.1 del Código Penal, Bilbao, 2005, pp. 49 y ss., 64 y ss.

A. J. Sanz Morán, Las medidas de corrección y de seguridad en el Derecho penal, Valladolid, 2003.

A. Torío López, “El concepto individual de culpabilidad”, Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, 1985.

A. Torío López, “La prohibición constitucional de las penas y tratos inhumanos o degradantes”, Poder Judicial, núm. 4, 1986.

Beristáin, “Axiomas fundamentales de la Criminología ante la globalización y la multiculturalidad”, Eguzkilore, núm. 17, 2003.

C. Haney, Reforming Punishment: Psychological Limits to the Pains of Imprisonment, Washington, 2006.

C. M. Romeo Casabona, Peligrosidad y Derecho penal preventivo, 1986.

C. Roxin, “¿Puede admitirse o al menos quedar impune la tortura estatal en casos excepcionales?”, Nueva Doctrinal Penal, 2004.

C. Roxin, “¿Qué queda de la culpabilidad en Derecho penal?”, Cuadernos de Política Criminal, núm. 30, 1986.

Clemmer (The Prison Community, Nueva York, 1958) o Goffman (Asiles. Études sur la condition sociale des malades mentaux et autres reclus, París, 1968).

Consejo de Europa, Treatment of Long-term Prisoners, Estrasburgo, 1977.

D. Garland, “The Punitive Society: Penology, Criminology and the History of the Present”, The Edinburgh Law Review, vol. I, núm. 2, 1997. Asimismo, J. L. Díez Ripollés, “El nuevo modelo penal de la seguridad ciudadana”, Jueces para la democracia, núm. 49, 2004.

D. Gomien, D. Harris, L. Zwaak, Convention européenne des droits de l’homme et Charte sociale européenne: droit et pratique, Estrasburgo, 1997.

D. Van Zyl Smit / F. Dünkel (eds.), Imprisonment Today and Tomorrow, 2ª ed., La Haya, 2001.

Law, La Haya, 2002.

D.Van Zyl Smit, “Abolishing Life Imprisonment?”, Punishment and Society, 2001.

D.Van Zyl Smit, “Life Imprisonment as the Ultimate Penalty in International Law: A Human Rights Perspective”, Criminal Law Forum, núm. 9, 1999.

Derecho penal y Criminología, Bogotá, 1986.

E. Bloch, Derecho natural y dignidad humana, Madrid, 1980.

F. Bueno Arús, “A propósito de la resocialización del delincuente”, Cuadernos de Política Criminal, núm. 25, 1985.

F. Muñoz Conde, Derecho penal y control social, Jerez, 1985.

F. Reviriego Picón, Los derechos de los reclusos en la jurisprudencia constitucional, Madrid, 2008.

F. Savater, “Contra la cadena perpetua”, El Correo Digital (23.08.08), (http://www.elcorreodigital.com/vizcaya/20080823/opinion/ contra-cadena-perpetua-20080823.html).

Grundlegung der Metaphysik der Sitten (K.Vorländer, ed.), 3ª ed. (reimpresión), Hamburgo, 1965, pp. 50 y ss. (en especial, pp. 58, 62 y s.).

H. H. Jeschek/Th.Weigend, Lehrbuch des Strafrechts. Allgemeiner Teil, 5ª ed., Berlín, 1996.

H. Kaufmann, Principios para la reforma de la ejecución penal, Buenos Aires, 1977.

H. M. Weber, Die Abschaffung der lebenslangen Freiheitsstrafe: Für eine Durchsetzung der Verfassungsanspruchs, Baden-Baden,1999.

I. Von Münch, “La dignidad del hombre en el Derecho constitucional”, Revista Española de Derecho Constitucional, vol. 2, núm. 5, 1982.

J. Carrera, Mundo global. Ética global, 2003.

J. G. Murphy, Retribution, Justice and Therapy, 1979.

J. L. de la Cuesta Arzamendi, “La resocialización: obetivo de la intervención penitenciaria”, Papers d’estudis i formació, núm. 12, 1993.

J. L. de la Cuesta Arzamendi, “La tortura como abuso de poder: aspectos penales”, La Criminología frente al abuso de poder, San Sebastián, 1992.

J. L. de la Cuesta Arzamendi, “Presupuestos fundamentales del Derecho penal”, Eguzkilore, núm. 3, 1989, n. 15.

J. L. de la Cuesta Arzamendi, “Reflexiones acerca de la relación entre régimen penitenciario y resocialización”, Eguzkilore, número extraordinario 2, 1989, pp. 59-63.

J. L. de la Cuesta Arzamendi, “Retos principales del actual sistema penitenciario”, en Jornadas en Homenaje al XXV Aniversario de la Ley Orgánica General Penitenciaria, Madrid, 2005.

J. L. de la Cuesta Arzamendi, El delito de tortura, Barcelona, 1990.

J. M. Zugaldía Espinar, “Medidas de seguridad complementarias y acumulativas para autores peligrosos tras el cumplimiento de la pena”, Revista de Derecho Penal y Criminología, núm. 1, 2009.

José Luis de la Cuesta Arzamendi, “¿Justificación de la tortura? Insuficiencias de la normativa penal internacional”, en Criminología y Derecho penal al servicio de la persona. Libro homenaje al profesor Antonio Beristáin, Donostia-San Sebastián, 1989, pp. 695 y ss.

José Luis de la Cuesta Arzamendi, “Consideraciones acerca del delito de tortura a la luz del Convenio de Roma de 1950”, en Giza Eskubideak Europan / Los derechos humanos en Europa / Les droits de l’homme en Europe / The Human Rights in Europe (Donostia-San Sebastián, 12-14 de diciembre de 1988), Vitoria-Gasteiz, 1989.

José Luis de la Cuesta Arzamendi, “Torturas y atentados contra la integridad moral”, Estudios Penales y Criminológicos, núm. XXI, 1998.

K. Ambos, Terrorismo, tortura y Derecho penal. Respuestas en situaciones de emergencia, Barcelona, 2009, pp.19-66.

L. Rodríguez Ramos, “Constitucionalidad de la prisión perpetua”, El País, 17 de noviembre de 2000, http://www.elpais.com/ articulo/opinion/ESPANA/CONSTITUCION_ESPANOLA_DE_1978/CODIGO_PENAL/Constitucionalidad/prision/perpetua/elpepiopi/20001117elpepiopi_14/Tes?print=1.

R. Robles Planas, “Sexual Predators. Estrategias y límites del Derecho penal de la peligrosidad”, InDret, núm. 4, 2007.

S. Verelst, “Life Imprisonment and Human Rights in Belgium”, Human Rights Law Review, vol. 3, núm. 2, 2003.

SSTS 1822/1994 de 20 de octubre, 343/2001 de 7 de marzo, 734/2008 de 14 de noviembre.

T. Montero Hernanz, “La jurisprudencia del Tribunal constitucional en materia penitenciaria (1981-2007)”, Revista General de Derecho Penal, núm. 9, 2008, RI §403783.

T. S. Vives Anton, “Reforma política y Derecho penal”, Cuadernos de Política Criminal, núm. 1, 1977.

W. Hassemer, Fundamentos del Derecho penal, Barcelona, 1984.

W. Schabas, “Life, Death and the Crime of Crimes. Supreme Penalties and the ICC Statute”, Punishment and Society, núm. 2, 2000.

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