Agresión y victimización en la violencia de género ¿Defensa legítima o venganza?
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Resumen
Es obvio que la víctima del delito ya no se resigna a ser sujeto pasivo de la acción antijurídica, y quedar preterida de la respuesta penal a la agresión sufrida, salvo la facultad procesal de la acusación particular. La actividad jurídica procesal de la víctima no siempre tiene la suficiente relevancia como para restaurar la humillación y las lesiones sufridas. En una agresión mantenida en el tiempo es entendible una respuesta más inmediata y efectiva, si ello fuera posible. Y en la dinámica acción-reacción suele surgir la controversia de la legalidad de la respuesta. La legítima defensa, su estricta regulación normativa y su variada aplicación —comprensible por la abundante casuística— no siempre es acogida en la jurisprudencia
con igual comprensión.
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