Aspectos fundamentales de la reforma procesal penal española de 2015

Contenido principal del artículo

Ignacio Flores Prada

Resumen

En diciembre de 2014, el Ministerio de Justicia español abandonó la idea de aprobar un nuevo código de proceso penal, anunciando en su lugar un conjunto de reformas parciales y urgentes con la finalidad de trasponer al ordenamiento español la reciente normativa comunitaria sobre justicia penal, mejorar la eficacia procesal y reforzar las garantías del sistema español de proceso penal. La reforma procesal penal española de 2015 está integrada por cinco leyes que, de modo directo e indirecto, han modificado aspectos sustanciales de la vieja Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882. La finalidad del presente trabajo es mostrar, de forma sintética y esquemática, los contenidos más relevantes de la referida reforma, subrayando aquellos aspectos que puedan resultar particularmente novedosos o controvertidos.

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Detalles del artículo

Cómo citar
Flores Prada, I. (2016). Aspectos fundamentales de la reforma procesal penal española de 2015. Revista Penal México, 5(10), 53–66. Recuperado a partir de https://revistaciencias.inacipe.gob.mx/index.php/01/article/view/226
Sección
Artículos

Citas

Acuerdo del Pleno no Jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 21 de octubre de 2014.

Armenta Deu, Lecciones de Derecho procesal penal, Marcial Pons, Madrid, 2015, pp. 109 y 110.

Bujosa Vadell, Las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el ordenamiento español, Madrid, 1998.

CCPR/ c/69/d/701/1996, caso Cesáreo Gómez Vázquez

CCPR/c/78/d/986/2001 caso de Joseph Semey.

Comité, de 20 de julio de 2000

Dictamen del Comité de 30 de julio de 2003, comunicación CCPR/c/78/d/986/2001, caso de Joseph Semey. Vid. Moreno Catena, “El recurso de apelación y la doble instancia penal”, Teoría y Derecho. Revista de Pensamiento Jurídico, núm 4, 2008.

Garberí, “La ejecución en España de las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, La Ley, núm. 8178, 25 de octubre de 2013.

Izquierdo Sans, “El carácter no ejecutivo de las sentencias del tribunal europeo de derechos humanos”, Derecho Privado y Constitución, núm. 11, 1997.

La Ley, núm. 8178, 25 de octubre de 2013.

Ley 35/1995 hay que anotar como normas de protección y atención específica a las víctimas la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor; la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas de Terrorismo.

Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de Ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual. (BOE núm. 296, de 12/12/1995). https://www.boe.es/eli/es/l/1995/12/11/35/con

Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la Víctima del Delito (BOE núm. 101, de 28 de abril de 2015)

Ley 41/2015, de 5 de octubre, para la Agilización de la Justicia Penal y el Fortalecimiento de las Garantías Procesales (BOE núm. 239, de 6 de octubre de 2015). Boletín Oficial del Estado de España: www.boe.es.

Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882, vid. Estudio introductorio al anteproyecto de código procesal penal de 2011.

Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor; la Ley Orgánica 1/2004, de 28.(BOE núm. 15, de 17/01/1996). https://www.boe.es/eli/es/lo/1996/01/15/1/con

Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas de Terrorismo.( BOE núm. 13, de 29/12/2004). https://www.boe.es/eli/es/lo/2004/12/28/1/con

Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de Fortalecimiento de las Garantías Procesales y Regulación de Medidas de Investigación Tecnológica (BOE núm. 239, de 6 de octubre de 2015)

Ley Orgánica 4/2015, de 15 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana (BOE núm. 77, de 31 de marzo de 2015); Ley Orgánica 5/2015, de 27 de abril, de reconocimiento del Derecho de Interpretación, Traducción e Información en los Procesos Penales (BOE núm. 101, de 28 de abril de 2015)

Ley Orgánica 5/2015, de 27 de abril, por la que se modifican la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para transponer la Directiva 2010/64/UE, de 20 de octubre de 2010, relativa al derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales y la Directiva 2012/13/UE, de 22 de mayo de 2012, relativa al derecho a la información en los procesos penales.

Ley Orgánica 6/1984, de 8 de mayo, reguladora del proceso de habeas corpus.

Ley que traspone al ordenamiento interno la Directiva 2012/29/UE.(BOE núm. 101, de 28 de abril de 2015). https://www.boe.es/eli/es/l/2015/04/27/4

Ministerio de Justicia, Madrid, 2011.

Montero, Derecho jurisdiccional III. Proceso penal (con Gómez Colomer, Barona, Esparza y Exteberría), Tirant lo Blanch, Valencia, 2015.

Moreno Catena, “El recurso de apelación y la doble instancia penal”, Teoría y Derecho. Revista de Pensamiento Jurídico, núm 4, 2008.

Moreno Catena, “La justicia penal y su reforma”, Justicia, núm. 88. También Gimeno, “La reforma del proceso penal en el actual sistema democrático español”, Revista de Derecho Procesal, núm. 3, 1992. Sobre la evolución y el proceso de reformas operado sobre la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882, vid. Estudio introductorio al anteproyecto de código procesal penal de 2011, Ministerio de Justicia, Madrid, 2011; vid.

Moreno Catena, “Prólogo”, Ley de Enjuiciamiento Criminal, Tecnos, Madrid, 2015.

Moreno Catena, Derecho procesal penal (con Cortés), Tirant lo Blanch, Valencia, 2015, pp. 40 y 41.

R (85) 11 del Comité de Ministros del Consejo de Europa, sobre la posición de la Víctima en el Derecho y en el Proceso Penal; la Decisión Marco 2001/220/JAI, de 15 de marzo de 2001 relativa al Estatuto de la Víctima en el Proceso Penal, sustituida por la vigente Directiva 2012/29/UE

Recomendación n. R (85) 11 del Comité de Ministros del Consejo de Europa, sobre la posición de la Víctima en el Derecho y en el Proceso Penal; la Decisión Marco 2001/220/JAI, de 15 de marzo de 2001 relativa al Estatuto de la Víctima en el Proceso Penal, sustituida por la vigente Directiva 2012/29/UE.

Sentencia del TEDH de 30 de julio de 1998 (Valenzuela Contreras vs. España), y Sentencia del TEDH, de 18 de febrero de 2003 (Prado Bugallo vs. España).

Sentencia del Tribunal Constitucional 245/1991.

SSTS núm. 53/2011, de 10 de febrero y 999/2004, de 19 de septiembre.

STC 303/1993, de 25 de octubre

TEDH de 30 de julio de 1998 (Valenzuela Contreras vs. España), y Sentencia del TEDH, de 18 de febrero de 2003 (Prado Bugallo vs. España).

Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el ordenamiento español, Madrid, 1998; vid. también Izquierdo Sans, “El carácter no ejecutivo de las sentencias del tribunal europeo de derechos humanos”, Derecho Privado y Constitución, núm. 11, 1997.

Vives, “Doctrina constitucional y reforma del proceso penal”, Jornadas sobre la Justicia Penal en España, publicadas en Poder Judicial, núm. especial II.

Artículos similares

<< < 17 18 19 20 21 22 23 24 25 > >> 

También puede Iniciar una búsqueda de similitud avanzada para este artículo.