Intromisión en la intimidad y Centro Nacional de Inteligencia. Crítica al modelo español de control judicial previo

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José L. González Cussac

Resumen

La ausencia de regulación legal respecto a la intromisión en la intimidad por el Centro Nacio-
nal de Inteligencia (CNI) fue remediada por la LO 2/2002. En dicha ley se fija un sistema de control judi-
cial previo que, tras ser comparado con el fijado en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, pone de manifiesto


que el control al que se somete al CNI en esta materia no es tanto un control judicial efectivo, sino un


control judicial previo limitado exclusivamente a los derechos al secreto de las comunicaciones y a la in-
violabilidad del domicilio. Dicho sistema presenta carencias que requieren de una labor legislativa y


plantea cuestiones problemáticas merecedoras de una mayor reflexión y debate, dada la relevancia que los
servicios de inteligencia desempeñan en nuestro Estado democrático.

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Cómo citar
González Cussac, J. L. (2015). Intromisión en la intimidad y Centro Nacional de Inteligencia. Crítica al modelo español de control judicial previo. Revista Penal México, 4(8), 79–97. Recuperado a partir de https://revistaciencias.inacipe.gob.mx/index.php/01/article/view/347
Sección
Artículos

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