Inclusive language: an essential element for criminal justice un elemento esencial para la justicia penal

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Mateo Mansilla-Moya

Abstract

It is necessary to broaden our concept of the right to identity to promote, protect and guarantee it through criminal justice, as well as the right to equality and non-discrimination. The formal measures taken by Mexico to protect the different sex-generic identities are not only insufficient, but they have also not served to eradicate violence due to identity. Inclusive language must
be instrumentalized by the criminal justice system to promote social inclusion.

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How to Cite
Mansilla-Moya, M. (2021). Inclusive language: an essential element for criminal justice: un elemento esencial para la justicia penal. The Mexican Journal of Criminal Sicences , 4(13), 143–164. https://doi.org/10.57042/rmcp.v4i13.421
Section
Circumstances in the administration and administration of justice

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References

Abramovich, V. (2010). “Responsabilidad estatal por violencia de género: comentarios sobre el caso ‘Campo Algodonero’ en la Corte Interamericana de Derechos Humanos.” Anuario de Derechos Humanos, número 6. Fecha de consulta: 23 de octubre de 2020. Disponible en: https://anuariocdh.uchile.cl/index.php/ADH/article/view/11491/11852

Atienza Rodríguez, M. (2013). Prólogo. Otra forma de pensar el Derecho. En “Podemos hacer más. Otra forma de pensar el derecho”. Madrid: Pasos Perdidos.

Coaña Be, L. y Cámara Santos, M. (2020). “Justicia con perspectiva de género”. Revista Mexicana de Ciencias Penales, núm. 11, mayo-agosto de 2020.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2019). “El principio de igualdad y no discriminación”. En: “Compendio sobre la igualdad y no discriminación. Estándares Interamericanos”. Washington: Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Company, C. [Universidad del Claustro de Sor Juana] (2018, octubre 03). Gramática, discurso y equidad de género [Publicaciones públicas]. Fecha de consulta: 23 de octubre de 2020. Disponible en: https://www.facebook.com/102775223129012/videos/2234457176791360/

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (2009). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, AÑO CXXXVI—MESV, N°5908 Extraordinario, fecha de publicación 19/02/2009. Consultado el 23 de octubre de 2020. Disponible en: http://www.cne.gob.ve/web/normativa_electoral/constitucion/indice.php

De Gouges, O. (2013). Olympe de Gouges y la Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana. Fecha de consulta: 23 de octubre de 2020. México: Programa Universitario de Derechos Humanos de la Universidad Nacional Autónoma de México. Disponible en: http://www.pudh.unam.mx/perseo/olympe-de-gouges-y-la-declaracion-de-los-derechos-de-lamujer-y-la-ciudadana-2/#more-429

Gogoratuz, G. (2003). Una tipología de violencia directa y estructural. Traducido por Toda, T. En: “Violencia Cultural”. (p. 9). Publicado por Centro de Investigación por la Paz. Fundación Gernika Gogoratuz.

Instituto Nacional de Geografía y Estadística (2019). “Objetivos del Desarrollo Sostenible”. Fecha de consulta: 23 de octubre de 2020. Disponible en: http://agenda2030.mx/index.html?lang=es#/home

Kant, I. (2013). Sobre la diferencia entre lo sublime y lo bello en la relación recíproca de ambos sexos. En “Lo bello y lo sublime. Fundamentación de la metafísica de las costumbres”. México: Tomo.

Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. (2006). Diario Oficial de la Federación, Tomo DCCLXXVII No. 15, fecha de publicación 14/06/2018. p. 2. Consultado el 23 de octubre de 2020. Disponible en: https://www.dof.gob.mx/index_113.php?year=2018&month=06&-day=14

McCombs, T. & Shull González, J. (2007). “Right to Identity”. Fecha de consulta: 23 de octubre de 2020. International Human Rights Law Clinic University Of California, Berkeley School Of Law. Disponible en: http://scm.oas.org/pdfs/2007/CP19277.PDF

Nead, L. (2013). Teoría del desnudo femenino. Traducido por González Marín, C. En: “El desnudo femenino. Arte, obscenidad y sexualidad”. (p. 18). Madrid: Tecnos y Alianza Editorial.

Organización de las Naciones Unidas. (2019). Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas. En: “Informe de los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2019” (p. 32). Nueva York, Estados Unidos.

Organización de las Naciones Unidas. Objetivo 5: Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas. Fecha de consulta: 23 de octubre de 2020. Disponible en: https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/gender-equality/

Pérez Duarte y Noroña, A. (2014). “La justicia y los contextos. Reflexiones sobre el quehacer de la justicia desde una perspectiva humanista y de género”. Boletín Mexicano de Derecho Comparado, XLVII (139) (pp. 145-179). Fecha de consulta: 23 de octubre de 2020. Disponible en: https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=427/42730742005

Real Academia Española: Diccionario de la Lengua Española, 23a. ed. Disponible en: https://dle.rae.es/identidad Fecha de consulta 23 de octubre de 2020.

Suprema Corte de Justicia de la Nación (2013). Protocolo para juzgar con perspectiva de género. Haciendo realidad el derecho a la igualdad. México: Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Suprema Corte de Justicia de la Nación (2016). Impartición de justicia con perspectiva de género. Decisiones relevantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, No. 87. México: Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Tesis 1a. CXVI/2011, de rubro: “DERECHO A LA IDENTIDAD DE LOS NIÑOS.” Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, t. XXXIV, septiembre de 2011, p. 1034, Registro digital: 161100.

Tesis 1a. LXXV/2018 (10a.), de título y subtítulo: “DERECHO A LA IDENTIDAD DE UN MENOR. NO SÓLO LO CONSTITUYE LA POSIBILIDAD DE RECIBIR INFORMACIÓN SOBRE SU NOMBRE, NACIONALIDAD Y FILIACIÓN, PUES A PARTIR DEL RECONOCIMIENTO DE ESTOS DERECHOS SE PUEDEN DERIVAR OTROS.” Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 55, junio de 2018, t. II, p. 956. Registro digital: 2017231.

Tesis III.2o.C.37 C (10a.), de título y subtítulo: “DERECHO A LA IDENTIDAD. EL RECONOCIMIENTO DEL ESTADO CIVIL DERIVADO DEL MATRIMONIO FORMA PARTE DE AQUÉL Y, POR TANTO, DEBE SER OBJETO DE PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).” Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 28, marzo de 2016, t. II, p. 1700. Registro digital: 2011192.

Tesis P. LXVII/2009, de rubro: DERECHOS A LA INTIMIDAD, PROPIA IMAGEN, IDENTIDAD PERSONAL Y SEXUAL. CONSTITUYEN DERECHOS DE DEFENSA Y GARANTÍA ESENCIAL PARA LA CONDICIÓN HUMANA. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, t. XXX, diciembre de 2009, p. 7. Registro digital: 165821.

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