Criminalística y prueba pericial
Vol. 8 Núm. 24 (2024)
El perito tiene la obligación de mantener al día su información en materia de su especialidad, debiendo consultar para ello las más recientes publicaciones. Mantenerse al día exige, por lo tanto, estudio ininterrumpido. Rafael Moreno González
La criminalística surgió por la necesidad de demostrar que la tortura y la confesión no eran medios que permitieran el esclarecimiento de los hechos en casos legales. Se necesitaba una prueba que se alejara de la subjetividad y de la violación a los derechos humanos, ya que esto solo propiciaba que algunas personas inocentes fueran culpabilizadas, y otras, culpables, fueran absueltas.
Por este contexto de violencia, incertidumbre social y falta de confiabilidad en las pruebas en juicio, se analizó la necesidad de crear una disciplina que permitiera presentar evidencia científica para darle sustento a las resoluciones jurídicas y esclarecer los hechos. Esta fue la criminalística.
Su creación, impulso y socialización a nivel internacional fueron producto de múltiples científicos y peritos, entre ellos Hans Gross, Edmond Locard, Alphonse Bertillon, Juan Vucetich. En México, desde 1904 a la fecha, lo hicieron Carlos Roumagnac, Benjamín Martínez, Alfonso Quiroz Cuarón, L. Rafael Moreno González y Juventino Montiel Sosa, entre otros.
Estos científicos fueron los fundadores de la criminalística internacional y nacional, que atendieron las necesidades de su época y les dieron soluciones que las llevaron a buen cause; sin embargo, en la actualidad, a raíz del sistema penal acusatorio y la creciente revolución tecnocientífica, se tienen nuevos retos que atañen a todas las especialidades periciales. Estos son:
- Investigación pericial con perspectiva de género
- Investigación pericial con estricto apego a los derechos humanos
- Validez científica y fiabilidad metodológica de la evidencia forense
- Aplicación de normas ISO en los servicios periciales
- Uso de protocolos, manuales y guías especializadas
- Importancia de la lex artis ad hoc pericial para la fundamentación del peritaje
- Metaperitaje en el procedimiento penal acusatorio
- Aplicación de nuevas tecnologías para la investigación de campo, laboratorio y gabinete
- Trascendencia de la inteligencia artificial
- Criminalística para grupos vulnerables con enfoque diferencial y especializado
- Certificación científica del personal pericial
- Creación de peritajes inter, multi y transdisciplinarios
Así, a 16 años de la reforma al sistema de justicia penal que integró en la carta magna el procedimiento penal acusatorio, la prueba pericial se encuentra en un proceso de consolidación y constante actualización; esto es lógico si pensamos que es ciencia aplicada a casos de interés forense.
La ciencia forense se renueva, actualiza, moderniza, es dinámica, transitoria y sujeta a revisión constante para mejorarse de acuerdo con las necesidades actuales de la sociedad, o para darle solución a problemas forenses o periciales que surgen de las nuevas modalidades de delincuencia o del uso de tecnologías para cometer actos ilícitos.
En este contexto, es importante recordar que la confesión era considerada la reina de las pruebas, y que, con la creación de la ciencia forense, a la prueba científica se le dio ese mismo calificativo. Sin embargo, es un nombre riesgoso porque en los últimos años, a partir de la introducción del análisis filosófico, la práctica epistemológica y la revisión metodológica de la criminalística y de la ciencia forense, respectivamente, se ha tenido más cuidado en los fines y alcances de la ciencia.
No existe una reina de las pruebas, ninguna lo es. Es el caso y la valoración integral de todos y cada uno de los elementos probatorios lo que permite comprender, solucionar y esclarecer los hechos en el ámbito forense, ministerial y judicial. Bastaría leer los textos clásicos que abordan los límites de la ciencia y su correspondiente alcance para repensar dicho calificativo.
La ciencia tiene límites, debates y aspectos valorativos en el contexto al cual se aplican. No se le puede pedir, exigir o preguntar a la ciencia cuestiones que están fuera de su alcance, dominio o finalidad. En la actualidad la ciencia, especialmente en el campo forense, debe crearse, aplicarse y valorarse con seriedad, profesionalismo y ética.
Los peritos que la aplican tienen esta importante responsabilidad, porque, aunque no es su función señalar la inocencia o culpabilidad de una persona, su influencia implícita o explícita en el procedimiento penal tiene un valor inconmensurable. En esto radica la constante actualización y lectura de artículos científicos que les permitan revisar avances, debates, innovaciones, límites y prospectivas de la ciencia forense.
Por ello, el presente número aborda temas actuales que benefician a los peritos y los operadores del sistema de justicia penal, ya que, a través de la lectura del presente volumen, el lector encontrará desde los fundamentos epistemológicos hasta la práctica forense de la criminalística de campo, en donde convergen temas como el género, la identificación forense de personas, los servicios periciales, los metaperitajes, las bases de datos y la evidencia científica con estándares internacionales.
Así, para el avance de la ciencia forense, la lectura del presente número debe partir de la identificación analítica de la tesis que plantea la persona autora, es decir, ¿qué propone?, ¿cuáles son sus fundamentos teóricos-metodológicos?, ¿qué evidencia sostiene sus afirmaciones?, ¿en qué beneficia su postura teórica?, ¿qué inconsistencia o vulnerabilidad tiene su propuesta?, ¿a qué población va dirigida?, ¿cómo se aplica en el campo práctico?
Invito a la lectura pormenorizada de todo el volumen y a la formulación de antítesis y síntesis que hagan de la ciencia y su socialización uno de los medios que permitan el avance social en el campo específico de la criminalística. Solo así se logrará aportar de manera conjunta beneficios para la justicia, en especial para las víctimas, que desde hace varios años demandan de la ciencia forense la aplicación de las mejores prácticas para resolver los conflictos en que lamentablemente se encuentran inmersas. Construyamos una criminalística mejor para todos y todas.
Dr. Eliseo Lázaro Ruiz
Editor invitado
Otoño del 2024
Las ciencias penales ante la trata de personas
Vol. 7 Núm. 23 (2024)
En los últimos años la trata de personas se ha convertido en un problema complejo de abordar por las múltiples esferas en las que está inmersa y las formas en las que se manifiesta. Si bien este fenómeno ha estado presente desde tiempos remotos, asentado en condiciones sociales, económicas y culturales, recientemente múltiples factores, como la creciente migración y la pandemia por covid-19, acentuaron el incremento de grupos altamente vulnerables, expuestos a un sinfín de riesgos y a la violación de sus derechos.
Bajo este contexto, se han realizado esfuerzos legislativos a nivel nacional e internacional en el combate a la trata de personas. Se han implementado instrumentos jurídicos en los cuales se exhorta a los Estados a la prevención, atención y sanción de este crimen. En nuestro país, se llevan a cabo acciones dirigidas a brindar protección y asistencia a las víctimas y a coordinar de forma institucional políticas públicas que contribuyan a disminuir este problema.
Fortaleciendo el trabajo que realiza la Fiscalía General de la República (FGR) a través de la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia Contra las Mujeres, Grupos en Situación de Vulnerabilidad y Trata de Personas (FEVIMTRA), el Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE) realiza una labor de difusión por medio del estudio detallado de las tendencias y dinámicas que presenta este delito en la actualidad, con base en el respeto a los derechos humanos y la perspectiva de género.
En el presente número, titulado “Las ciencias penales ante la trata de personas”, especialistas comparten sus aportaciones, ofreciendo un análisis y diagnóstico que nos invita al entendimiento sobre los avances en la materia y a repensar cómo enfrentar los desafíos ante el panorama expuesto.
En los siguientes artículos se comparte el estudio de las causas de la trata de personas bajo el modelo ecológico de la violencia, la importancia de la investigación financiera en el combate a este delito y de la no criminalización de las víctimas. Asimismo, se realiza un diagnóstico sobre las víctimas directas e indirectas afectadas por esta práctica, se expone cómo actualmente en México son reclutadas para estos fines personas pertenecientes a grupos vulnerables y se ofrece un análisis conceptual sobre la diferencia entre trata de personas y tráfico de migrantes.
A partir de esta breve descripción, se invita al lector a sumergirse en esta nueva edición, que invita a la reflexión ante un problema latente para cuya solución se requiere un abordaje integral, con la colaboración de instituciones en la formulación y mejora de políticas públicas, así como de la población en la concientización sobre el tema.
Gabriela A. Rosales Hernández
Temas actuales en materia jurídico-penal
Vol. 7 Núm. 22 (2024)
En esta edición se presentan diversos temas de actualidad y de interés en materia jurídico-penal. Se destaca la importancia del abordaje multidisciplinario en el campo del derecho y las ciencias penales.
A partir de la investigación y análisis del contexto actual en temas de seguridad, el delito y la procuración y administración de justicia, diferentes autores comparten sus conocimientos desde su campo de estudio.
En las siguientes páginas el lector podrá encontrar un análisis sobre la dogmática penal alemana, su evolución e influencia en la estructuración de los sistemas penales en los países iberoamericanos.
En temas relacionados con la impartición de justicia, se realiza una reflexión crítica en torno a la corrupción y la asignación de responsabilidad, desde un proceso lo más garantista posible.
Desde el ámbito forense, un equipo de especialistas comparte su propuesta para el resguardo de cuerpos en reducción esquelética, así como la creación de un centro de resguardo, destacando la importancia del trabajo colaborativo para establecer mejores prácticas en este tipo de casos.
Por otro lado, se muestran los aportes del peritaje antropológico, desde una perspectiva interseccional, a la justicia penal para adolescentes, como un mecanismo que contribuya a la mejora de sus condiciones al momento de enfrentar un proceso penal.
En temas de coyuntura actual, se presenta una revisión documental del fentanilo y sus efectos en la salud. Por último, y no menos importante, se aborda, desde las neurociencias, la importancia del estudio de los daños neurobiológicos y psicológicos en mujeres víctimas de violencia, con el fin de que puedan acceder a una justicia legal y efectiva.
Así, con esta breve introducción, se invita a la lectura del presente número.
Neuroderechos, inteligencia artificial y neurotecnologías para las ciencias penales
Vol. 7 Núm. 21
Hablar de neuroderechos, inteligencia artificial y neurotecnologías es de gran relevancia, debido a su vertiginoso avance. Su abordaje implica un análisis multidisciplinario. En este número especial se reúnen diferentes especialistas, quienes ofrecen un panorama sobre su uso, contribución e impacto en las ciencias penales.
Si bien el estudio de la inteligencia artificial se remite a décadas atrás, su rápido desarrollo y presencia en diferentes disciplinas es más evidente en la actualidad , en el derecho penal no es la excepción, considerando que es una herramienta que puede contribuir en la prevención, investigación y sanción de conductas típicas que ponen en riesgo bienes jurídicos protegidos.
La neuropsicología es una disciplina científica que tiene como objetivo comprender y entender la relación de los procesos psicológicos, la estructura y función del cerebro. Su aplicación en el ámbito penal puede ser un gran aporte en materia de género, en el análisis de la violencia física contra las mujeres, un problema recurrente y en crecimiento. De ahí la importancia de abordar su utilidad bajo esta perspectiva, como un instrumento eficaz para el diagnóstico y tratamiento de las víctimas del delito, así como en el ámbito forense.
Desde la neurocriminología, se expone la intervención de la inteligencia artificial en el entendimiento del delito y la reincidencia delictiva, la denominada predicción (neuropredicción), así como la importancia de su regulación para evitar la vulneración de derechos (neuroderechos).
Otro de los temas en tendencia, por su rápida expansión y el debate sobre su uso, es la herramienta ChatGPT. En este número se incluye un análisis sobre las ventajas que ofrece este modelo de lenguaje, así como los riesgos de su empleo en la comisión de delitos, específicamente crímenes financieros.
A partir de esta breve exposición, se invita al lector a sumergirse en las siguientes páginas, así como a la reflexión y debate en torno al tema que ocupa esta edición.
Retos y perspectivas de la Policía y la seguridad II
Vol. 6 Núm. 20 (2023)
Entre los retos y perspectivas en materia de seguridad, se encuentra el fortalecimiento de las policías en sus diferentes ámbitos. Dentro de nuestro Estado de derecho, el municipio es la entidad local básica de la organización territorial, y sus fuerzas de seguridad son parte sustantiva en la procuración de justicia.
En esta edición, se presenta un panorama actual de las policías, especialmente las municipales, así como los desafíos que tienen que enfrentar en el ejercicio de sus funciones ante las condiciones actuales. Se aborda la importancia de la coordinación entre la policía municipal y las organizaciones comunitarias, considerando un caso de éxito, dando como resultado de esta sinergia el decremento del índice delictivo.
Uno de los aspectos que no se puede dejar de lado es la capacitación constante, ya que un gran logro por parte del Estado es la implementación del servicio profesional de carrera en los ámbitos de gobierno federal, estatal y municipal, ya que por mandato del Sistema Nacional de Seguridad Pública, los elementos policiacos cuentan con la certeza de ser capacitados continuamente y se garantiza la permanencia en su encargo, sin dejar de lado, que dentro de la estructura policial, la salud mental es un aspecto fundamental para su desarrollo personal y profesional.
Es importante que al sistema policial no solo se le dé un enfoque de primer respondiente dentro de sus áreas de competencia, sino que, de manera adicional, se contemplen otras disciplinas para coadyuvar con las tareas de estos, como la inteligencia policial, teniendo como contexto las funciones encomendadas a las instituciones policiales en el marco constitucional y legal en nuestro país. La planeación e implementación debe estar precedida de un estudio técnico que aborde los aspectos legales-normativos, estructurales, presupuestarios y formativos.
Avances y retos de la criminología y la victimología (enero-abril)
Vol. 6 Núm. 19 (2023)
La contribución científica del Instituto Nacional de Ciencias Penales es el aportar trabajos de grandes tratadistas en un espacio de reflexión en constante evolución teórica-práctica por sus investigaciones y contribuciones en el ámbito de la criminología-victimología, contribuir a la formación de nuevas generaciones en espacios críticos y propositivos; esto, con una perspectiva de innovación que se remonta al año 2000 con la creación de la primera maestría en Victimología.
Los avances y retos en las ciencias penales llevan a la criminología y a la victimología a tener una presencia científica importante a nivel mundial, regional y nacional, en donde sus aportaciones, con base en los derechos humanos, la interseccionalidad, la interculturalidad y las perspectivas de género y de infancia y adolescencia, llevan al estudio de diversos temas con énfasis en la prevención de las violencias, los crímenes y los delitos.
Parte de los escenarios que se estudian tienen surgimiento con la pandemia por Covid-19 y sus variantes. Los temas que nos ocupan en esta ocasión permiten reflexionar tanto en los problemas delictivos que ya existían como en los emergentes y en los “Avances y retos de la victimología y criminología” ante esta situación y sus efectos, así como en el cumplimiento de los compromisos adquiridos en la Agenda 2030.
La criminología y la victimología se adaptan a los cambios y los avances científicos y tecnológicos, su esencia humanista permite integrarlas en la evolución de la sociedad y su desarrollo histórico es parte de esta adaptación, pero ante todo como propuestas que se suman a las ciencias penales como alternativas a implementar en armonía con los derechos humanos.
Este número se enmarca en un año significativo para la victimología en México, porque se cumplen treinta años de la primera reforma para las víctimas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se publicó el 3 de septiembre de 1993 en el Diario Oficial de la Federación.
Esta publicación se suma a la contribución del INACIPE como parte de esta historia que brinda un espacio para generar conocimientos de relevancia y trascendencia para atender los diversos fenómenos sociales, jurídicos, criminológicos y victimológicos que inciden en las ciencias penales en México y el mundo.
Dra. María Teresa Ambrosio Morales
Editora invitada
Retos y perspectivas de la Policía y la seguridad (septiembre-diciembre)
Vol. 5 Núm. 18 (2022)
Por su importancia en el mantenimiento del Estado de derecho y como una de las tareas principales de los Estados modernos, la seguridad se ha mantenido como uno de los ejes centrales de las políticas públicas en todos los países. Obviando el tema de la seguridad nacional —que representa un ámbito de discusión diferente al que convoca este número— y centrando el análisis en la seguridad pública, cobran especial relevancia las corporaciones policiales, pues sus elementos mantienen una interacción constante con la población y fungen como la primera línea de contacto ante probables situaciones constitutivas de delito.
Debido a la importante tarea que tienen las diferentes instituciones de policía —categorizadas tanto por su especificidad territorial como por las funciones particulares que cumplen— en el mantenimiento de la seguridad ciudadana, es imprescindible que el personal policial transite por profundos procesos de capacitación diseñados para responder a los problemas específicos de su contexto y que aseguren una total comprensión y aplicación de los protocolos de actuación con el objetivo de evitar que quienes debieran ser la solución se conviertan en parte del problema. Esto, sin olvidar que para tener un panorama general de los problemas es necesario comprender que, ante su repetición generalizada, no es posible atribuirlos a errores individuales, sino sistémicos, y que para solucionarlos es necesaria la aplicación de políticas públicas que partan de un análisis profundo de la realidad y se generen con enfoque de derechos humanos.
Sin embargo, a escala internacional son incontables los ejemplos de ejercicios de autoridad por parte de integrantes de las corporaciones policiales en los que, alejándose del ideal que representan las leyes y los protocolos, incurren en acciones que violan los derechos humanos de la ciudadanía o entorpecen el camino del debido proceso; o de políticas públicas que en la práctica significan un retroceso en los derechos conquistados por la ciudadanía. Así, en este número se aborda este complejo tema con el objetivo de abonar, con argumentos y estrategias, a la construcción de un sistema de seguridad pública más eficiente y respetuoso de los derechos.
Procuración de justicia (mayo-agosto)
Vol. 5 Núm. 17 (2022)
Desde hace varios años, en México dolorosamente presenciamos todos los días una escalada, tanto en números como en intensidad, de los delitos violentos. Lamentablemente, hasta el momento nuestro sistema de justicia no ha sido capaz de responder de manera adecuada a esta situación. Todavía es la gran mayoría de los casos la que queda impune; todavía no se han logrado generar los mecanismos necesarios para revertir la opinión negativa que la población en general tiene sobre los procesos de impartición de justicia y para asegurar que las personas denunciantes no serán revictimizadas. Más preocupante aún es el hecho de que siguen saliendo a la luz evidencias de autoridades que, por ineficacia o colusión, entorpecen las investigaciones y perjudican el derecho a la justicia de las personas en situación de víctimas. El caso Ayotzinapa ha quedado como el ejemplo más emblemático de este problema; sin embargo, cada día se suman nuevos ejemplos.
Ante esta situación, en la que el sistema de procuración de justicia carece de la fortaleza requerida para ofrecer justicia y respetar a cabalidad la aplicación del Estado de derecho por medio de la investigación de los delitos y el ejercicio de la acción penal, fenómenos como los justicieros anónimos —individuos que, ante la ineficacia del sistema deciden tomar la justicia en sus manos— se tornan cada vez más frecuentes y la impunidad se convierte en la regla. Ejemplo de esto es la enorme cifra de impunidad de los delitos de feminicidio, en los que aproximadamente el 95% de los casos no llegan a sentencia.
En este contexto, en este número nos dimos a la tarea de repensar desde diferentes ángulos la siempre compleja tarea de la procuración de justicia, con el deseo de que estos textos aporten argumentos necesarios para la discusión sobre las más idóneas formas de que las autoridades cumplan su obligación de dar certeza jurídica y proteger y no vulnerar los derechos de la población; tareas necesarias que debe llevar a cabo el Estado con el fin de asegurar que existan el bienestar y la gobernabilidad básicas para mantener un Estado democrático de derecho.
Justicia transicional
Vol. 5 Núm. 16 (2022)
La justicia transicional es comprendida como un conjunto de mecanismos y procesos a través de los cuales se busca alcanzar la verdad, la justica, la reparación del daño y la no repetición en relación con periodos de conflicto en los que se presenta violencia sistémica contra la población de un territorio. A lo largo del siglo pasado, fuimos testigos de numerosos eventos violentos cuyas consecuencias hicieron necesaria la aplicación de los principios de la justicia transicional: la segunda guerra mundial, las dictaduras de chile y argentina y el conflicto armado en Guatemala son tan solo algunos ejemplos.
En México, han pasado 15 años desde que el gobierno dio inicio a la llamada “guerra contra el narcotráfico”: un ataque frontal a las estructuras de algunas de las organizaciones criminales más fuertes del país. Lamentablemente, por numerosas causas es posible decir que esta fue una estrategia fallida que provocó una espiral de violencia que todavía padece la mayor parte de la población. En la búsqueda de una política que logre dar solución a esta situación, el actual gobierno anunció diversas acciones encaminadas a otorgar acceso a la verdad, la justica y la reparación del daño para las víctimas de la violencia y a asegurar la no repetición de los crímenes.
En este contexto, se vuelve necesario revisar el concepto de justicia transicional, así como las diferentes acciones y estrategias que han sido aplicadas en otras épocas y regiones después de periodos de conflicto. Así, tenemos la fortuna de contar con colaboraciones que abordan casos concretos de justicia transicional en contextos de conflicto armado, como las acciones y obstáculos posteriores a la firma de los acuerdos de paz en Guatemala y el trabajo realizado por la Comisión de la Verdad y Reconciliación del Perú. Además, se analiza el estado actual de la justicia transicional en México y se desarrollan estrategias y críticas que nos ayudarán a profundizar acerca de su alcance, las buenas prácticas y los obstáculos que se interponen en su consecución. Finalmente, se presentan investigaciones que nos invitan a reflexionar sobre el desarrollo histórico de la relación entre el concepto de justicia y el comportamiento criminal y sobre la importancia de la aplicación del método científico en el esclarecimiento de los hechos.
Para cerrar, agradecemos y reconocemos el apoyo otorgado por Juan Carlos Abreu y Abreu, quien fungió como coordinador y ayudó a la recopilación de los textos de este número.
Grupos vulnerables y retos en la justicia
Vol. 4 Núm. 15 (2021)
Si bien en general se considera que las personas en situación de vulnerabilidad son aquellas que encuentran dificultades especiales para ejercer ante las instituciones de justicia los derechos que el sistema jurídico les reconoce, la gran diversidad de circunstancias que intervienen en los procesos de vulnerabilización (edad, género, estado físico o mental, o circunstancias sociales, económicas, étnicas o culturales son tan solo algunas de las que mencionan las Reglas de Brasilia) hace que para hablar de los sujetos que se encuentran en esta situación sea necesario analizar las situaciones específicas que los atraviesan y les impiden hacer valer sus derechos ante el sistema de justica.
Es por lo anterior que el objetivo de esta publicación fue, no tratar de abarcar cada una de las circunstancias que pueden llevar a una persona a pasar por una situación de vulnerabilidad, sino englobar también los retos ante los que se enfrenta el sistema de justicia y figuras que podrían estar siendo utilizadas para lograr una procuración de justicia pronta y efectiva, sobre todo ante sujetos que históricamente han visto obstruido el acceso a la justica.
Así, en este número se abordan temas de situaciones específicas de personas en contextos de vulnerabilidad, como el manejo de la agresión con adolescentes en conflicto con la ley, así como el caso de adolescentes indígenas que se encuentran dentro del sistema penal y la posible explotación reproductiva de la mujer a través de la gestación subrogada si no se toman las decisiones legislativas adecuadas.
Además, se incluyen importantes análisis acerca de la procuración de justicia en el caso de la aplicación de los mecanismos alternativos de solución de controversias, así como en ámbitos electrónicos a través del concepto de e-justice —qué es, qué derechos humanos se fortalecen con su aplicación y sus ventajas y desventajas— y sobre las concepciones que intervienen al momento de analizar la vulneración de la autonomía universitaria por cuestiones de seguridad pública. Y, finalmente, se formula una reflexión acerca de las causas y las diferencias entre la agresión y la violencia, que nos puede ayudar a tener una visión más amplia al momento de legislar, y otra acerca de la diferencia entre derechos fundamentales y derechos humanos y de las consecuencias de tomarlos como conceptos sinónimos.
Así, en la RMCP buscamos aportar a la discusión con temas de relevancia actual que nos ayuden a alcanzar una sociedad más justa.
Víctor F. Gálvez García
Ciencias penales e inteligencia artificial
Vol. 4 Núm. 14 (2021)
Empeñado en lograr objetivos que rebasan los límites de sus fuerzas, el ser humano ha creado máquinas que, además de realizar labores arduas con mayor eficacia de la que alcanzaría un mortal, se encaminan a imitar la capacidad cognitiva de sus hacedores hasta donde sea posible. Lo anterior representaría el culmen de la inteligencia artificial y cimbraría al entramado social de modo inédito. La amenaza al concepto jurídico de persona y, desde luego, a sus derechos y a los medios para protegerlos, obligaría a la ciencia jurídica a reinventarse para moderar una realidad nueva que, al igual que la actual, precisaría arrojo institucional y principios éticos para sostenerse.
En el caso de las ciencias penales, la evolución de los sistemas de cómputo ha facilitado la procuración de justicia, al perfeccionar diversos métodos para prevenir el delito o, en su caso, aprehender al perpetrador. Sin embargo, estos avances no siempre observan la obligación estatal de resguardar los derechos humanos; a modo de ejemplo, la videovigilancia extrema en las urbes y la recolección masiva de datos personales repercuten en el ejercicio del derecho a la privacidad y a la identidad, entre otros, lo cual socava la confianza en las instituciones y polariza a la sociedad, poniendo ideas tecnófilas en pugna con el afán de resguardar la dignidad por la vía jurídica.
Si a lo anterior se agrega la opción de que la función judicial quede a merced de máquinas, so pretexto de que la subjetividad humana se traduce siempre en errores, es probable que en el futuro destaque un sistema de integración jurisprudencial “por algoritmos”, que sepulte de una vez la evolución del pensamiento ponderativo enderezado a impartir justicia. En cierta medida, escenarios de esta índole aún son hipotéticos, como se desprende de los artículos contenidos en este número de la Revista Mexicana de Ciencias Penales, dedicado al impacto que la inteligencia artificial ha tenido y acaso tendrá en las disciplinas que analizan y pretenden controlar el fenómeno delictivo.
Tocará al lector, en su fuero interno, cavilar sobre el tipo de valores que le gustaría mantener y fomentar en las generaciones venideras, y que difícilmente se apreciarán alguna vez en criaturas no humanas.
Sergio Alonso Rodríguez
Director de la Revista Mexicana de Ciencias Penales
Género y justicia penal
Vol. 4 Núm. 13 (2021)
El 8 de marzo se celebra el Día Internacional de la Mujer. Se trata de una fecha que conmemora la lucha de las mujeres por incrementar su participación en la sociedad, lo cual va de la mano con su desarrollo íntegro como personas. Sin embargo, después de tanto tiempo de bregar en ese sentido, el número de logros que han alcanzado es aún insuficiente. Aun cuando lo femenino se haya vuelto visible en muchos ámbitos (político, científico, artístico, deportivo, etcétera), persisten muchos obstáculos que superar para que la emancipación de las féminas sea plena. El feminicidio se mantiene como uno de los problemas principales de la sociedad, especialmente de la mexicana, y parece que no hay una estrategia clara para prevenirlo y, en su caso, perseguirlo con eficacia. Las noticias relativas al incremento de ese delito se acumulan día tras día, al tiempo que las autoridades competentes se ocupan de otros temas, en lugar de diseñar políticas tendentes a impedir crímenes vinculados con la misoginia y el machismo, nociones enraizadas en un país que debe liberarse de prejuicios y lograr la igualdad absoluta para toda su población. Este número de la Revista Mexicana de Ciencias Penales contiene, en su mayoría, textos que revelan la preocupación en torno a la posición desventajosa de la mujer en México, pese a los avances registrados en cuanto a participación femenina en muchos campos. Además de celebrar la vida ejemplar de Ruth Bader Ginsburg mediante una semblanza, se abordan temas como la violencia política de género, el feminicidio infantil, las reacciones que provocó la exhibición de imágenes del cuerpo de Ingrid Escamilla, la falta de políticas públicas para contener el feminicidio, etcétera. El punto, tal vez, sea exhibir el desinterés que concita el desarrollo de mujeres que, emulando a Ginsburg de algún modo, pugnaban por hacerse de un futuro promisorio, y cuyos avances se interrumpieron de un momento a otro, al haber sido asesinadas por su género. En todo caso, es preciso imaginar cuánto pierde la sociedad si las mujeres no cuentan con la protección que merecen y que, sin duda, el Estado y el sector masculino deben dispensarles.
El 12 de diciembre de 2020, Almudena Barragán publicó en El País que el 95% de los “crímenes machistas” en México no se resuelve. Ante semejante panorama, es natural que numerosas voces de sectores diversos (políticos, académicos, sociales) clamen de continuo: “Ni una más.” En tal sentido, el Instituto Nacional de Ciencias Penales, fiel a su papel de promotor de lo relacionado con la procuración y la impartición de justicia penal en México y Latinoamérica, publica esta obra cuatrimestral, destinada a promover la reflexión en torno a problemas cuya solución es urgente, siempre que el Estado Mexicano quiera ostentarse como defensor de los derechos humanos.
Neurociencia y derecho penal
Vol. 3 Núm. 12 (2020)
La neurociencia remite a todos los aspectos del sistema nervioso, desde su estructura hasta su patología; su estudio conviene para tener un entendimiento mejor de la conducta y la cognición. En particular, la neurociencia cognitiva se concentra en el efecto de los procesos mentales en cualquier
manifestación conductual. La materia se ha asociado gradualmente a varias disciplinas del saber humano, entre las cuales destaca el derecho. El término neurolaw fue acuñado por J. Sherrod Taylor en 1991 y, desde entonces, ha servido para analizar el papel del desarrollo neurocientífico en los procesos legales y, concretamente, en la criminología.
El neuroderecho ha sido estudiado por numerosos especialistas en las últimas décadas, con el fin de determinar el ascendiente de la actividad puramente cerebral en el proceder que, de darse circunstancias determinadas, se calificaría de delictivo. Sin duda, la operación deficiente del cerebro, en
virtud de factores congénitos o de lesiones, entraña alteraciones en la idiosincrasia y la posible comisión de actos sancionables por la normativa penal. Pese a que esto pueda probarse a través de técnicas sofisticadas, como la resonancia magnética, concluir que toda acción humana está determinada inexorablemente por el cerebro resulta, cuando menos, debatible.
Los artículos reunidos en el número 12 de la Revista Mexicana de Ciencias Penales exploran, desde perspectivas diversas, la génesis y la evolución de la neurociencia como base para la explicación del comportamiento criminoso. Es de notar que hay posturas contrapuestas sobre el tema; por un lado, para un sector de la doctrina es sencillo conformarse con la idea de que la persona carece de libre albedrío y hace lo que su cerebro dispone, a grado tal que se ha pensado en conducir la investigación criminológica y el procedimiento jurisdiccional penal al terreno de la psicofarmacología y la neuropsiquiatría; por otro lado, hay quienes se oponen al determinismo y aseguran que la capacidad de decisión es incompatible con una tiranía
cerebral insuperable.
En realidad, no se trata de determinar si el libre albedrío existe o no, sino de dar al lector elementos para reflexionar en torno a una cuestión especialmente relevante para la vida en sociedad. Tan cierto es que laneurociencia no resuelve aún problemas múltiples, como la percepción o la facultad de soñar, como que el poder personal de elegir tiene implicaciones superiores a lo meramente científico. El derecho, y concretamente el penal, se creó en base a la seguridad de que el ser humano es consciente
y, por tanto, susceptible de responsabilizarse de sus actos. Conceptos como el dolo, la imputabilidad e, incluso, la perversidad, serían ociosos en un sistema hipotético que penara no a los imputados, sino a sus cerebros y neurotransmisores.
Mientras el progreso científico no pierda de vista a la ética y, sobre todo, a la libertad, pilar esta última de los derechos fundamentales, seguirá allanándose el camino a un futuro mejor. No obstante, cabe creer que esa propia libertad puede corromperse hasta el punto de no retorno, y originar estados
de cosas que, tal vez, exigirían acciones que hasta hoy son especulativas. Comoquiera que sea, la divulgación de temas como el neuroderecho, en lo cual el Instituto Nacional de Ciencias Penales ha sido ejemplar, ratifica el compromiso de la academia con el bienestar y la paz sociales.
Instituto Nacional de Ciencias Penales
Sexualidad, violencia y poder. Delitos de género
Vol. 3 Núm. 11 (2020)
En febrero de 2020, Ingrid Escamilla y Fátima Cecilia, de 25 y 7 años, respectivamente, fueron víctimas de un crimen que menudea en México: el feminicidio. La truculencia de los casos conmocionó a la población, generando protestas cuyos destinatarios fueron la prensa amarillista y los responsables de investigar y sancionar toda forma de violencia contra la mujer; asimismo, un paro nacional de féminas ocurrido el 9 de marzo conllevó consecuencias económicas importantes.
En el primer trimestre del año hubo casi 250 feminicidios en el país; el hecho de que la pandemia de COVID-19 se haya reconocido el 11 de marzo, convirtiéndose en el foco de la actividad informativa a escala global, no implica soslayar otros temas tan graves como esa plaga que, de un momento a otro, se volvió galopante y alteró la forma de vida de billones de personas. El vigor con que se ha trabajado para lograr la remisión y posterior desaparición del coronavirus deberá prevalecer para combatir con denuedo el tratamiento indigno e incluso letal que padecen millones de mujeres en el mundo.
La necesidad de permanecer a puerta cerrada para evitar el contagio no redujo muchos riesgos para el injustamente llamado “sexo débil”; numerosos medios han informado sobre la violencia doméstica rampante y los feminicidios perpetrados durante la contingencia. En apariencia, la sevicia es la recompensa del “eterno femenino”, arquetipo que favorece a la misoginia y encasilla a la mujer en un estatus tan inmerecido como impropio. Esta calamidad obedece, sobre todo, a la falta de respeto y a la tibieza institucional en cuanto al logro de la igualdad de género; en el caso de México, el peso del atavismo es considerable y la superación de deficiencias educativas se antoja remota.
Sería un despropósito negar que se han registrado avances significativos en pro de la igualdad de género; pero tiende a haber problemas conceptuales que propugnan el surgimiento de una ginecocracia confundible con dominación femenina total. En realidad, no se trata de ejecutar acciones que conduzcan a una inversión de posiciones que, sin duda, dejaría incólume a la violencia de género, sino de asegurar la congruencia entre la doctrina de los derechos humanos y su fundamento: la dignidad. Aunque la libertad y la respetabilidad de las mujeres se hayan reconocido de antiguo, la recurrencia de vicios incontables ha generado constructos tendentes a comprender por qué, según parece, han de existir movimientos resueltos a dotar a ese sector de lo que no ha gozado de manera plena.
Comoquiera que sea, la contribución de cada cual y de las instituciones para eliminar todo tipo de violencia contra la mujer es un deber. En este sentido, el Instituto Nacional de Ciencias Penales, guía cimera para entender los porqués de la conducta antijurídica y el correspondiente ius puniendi del Estado mexicano, dedica el número 11 de la Revista Mexicana de Ciencias Penales al fenómeno de la violencia de género y, en concreto, al feminicidio, una de las muchas aberraciones que la sociedad debe afrontar y superar, a fin de que en el futuro no haya más generaciones hundidas en la zozobra.
Sergio Alonso Rodríguez
Ciberdelitos
Vol. 3 Núm. 10 (2020)
Con la llegada de la era de la información se modificó determinantemente la relación del ser humano
con su entorno social. La aparición de las tecnologías informáticas, la televisión, la computación y el internet, así como el desarrollo de las redes sociales, establecieron nuevos paradigmas culturales que no están exentos de verse afectos por una naciente dinámica delictiva. A decir verdad, la llegada de la cultura informática se encuentra aparejada con la estructuración de una nueva actividad criminal: los ciberdelitos.
Es precisamente por ello que el actual número de la Revista Mexicana de Ciencias Penales (RMCP) incide en el fenómeno informático y su relación con la delincuencia.
Así, el artículo “Las operaciones con recursos de procedencia ilícita y las fintech”, de Alberto Nava
Garcés y Juliette Núñez Ruiz, incide en el fenómeno de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, el lavado de dinero y la creación de las denominadas fintech, es decir, la fundación de aquellas empresas que brindan servicios financieros (algunos de estos innovadores) a través del uso de tecnologías de la información.
Por su parte, Alicia Rubí Guerra Valdivia presenta un artículo denominado “La identidad en la era
digital”, el cual incide en la importancia de generar una adecuada legislación y tratamiento de la tecnología de la información. En términos similares, Bibiana Beatriz Luz Clara refiere que el uso de la
tecnología ha modificado nuestra sociedad y creado nuevos procesos disruptivos, los cuales requieren de un análisis y regulación desde el espacio jurídico.
Mario Anselmo Gómez Sánchez analiza un fenómeno que ha cobrado gran importancia en los últimos años y del que se sabe poco: los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos
personales (arco), su reconocimiento constitucional y la forma en que estos han funcionado en México
en los 10 años que llevan siendo protegidos. Carlos Ramírez Castañeda, por su parte, advierte la existencia de una ciberguerra que no se está ganando porque no existe una conciencia social de los peligros en la red: la utilización de malware, los ataques a infraestructuras y los vacíos legales.
Pero este número no solo alude al internet, a las empresas o a los derechos de información, también
advierte la incidencia de los videojuegos en la codificación de una estructura social más violenta. ¿Acaso jugar un videojuego puede influir en la conducta de una persona? Daniel Córdova Herrera investiga la posible respuesta a esta pregunta en su artículo “Videojuegos y delitos: ¿correlación o supersticiones?”
Así, la RMCP, a través de los autores, busca ofrecer respuestas innovadoras a los fenómenos sociales
que inciden en la actividad delictiva actual.
Alejandra Silva
Pérdida de la libertad
Vol. 3 Núm. 9 (2019)
Uno de los grandes retos históricos de México ha sido el adecuado funcionamiento de los centros penitenciarios. La falta de presupuesto, la sobrepoblación carcelaria, las violaciones de derechos humanos y la tortura son algunos de los problemas más recurrentes en las cárceles.
Entre el ideal de reinserción social, planteado en el artículo 18 de la Constitución, y lo que ocurre en la realidad, existe una brecha que genera la pregunta: ¿realmente contamos con un programa de reinserción social? Lo cierto es que hace falta mucho trabajo para consolidar un sistema que funcione para lograr dos cuestiones: sancionar la comisión de actos delictivos y que el delincuente, al retomar su libertad, pueda reincorporarse, plenamente, a la sociedad. Entonces, ¿qué formas tendrían que plantearse para consolidar un sistema penitenciario nacional más justo, que atienda las necesidades actuales?
Otro de los grandes cuestionamientos que generan los centros penitenciarios es el de la utilidad de estos. Ya desde el siglo XIX muchos criminólogos han vaticinado la desaparición de la cárcel: el fenómeno es combatir el delito y generar una sociedad más juta. Encerrar a un infractor no previene, solo castiga; ¿acaso ello permitirá disminuir la incidencia? O ¿brindará justicia para la víctima?
Estas y otras preguntas se plantean los autores del número nueve de la RMCP, la cual integra un prima de estudios sobre el fenómeno carcelario en el país, incluyendo el ganador de sexo Concurso Nacional de Investigaciones Criminológicas organizado por Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (OADPRS)
Así, se analizan temas que van desde la condición de indígena internado (como persona altamente vulnerable), hasta los actuales fenómenos del excesivo uso de la prisión preventiva como medida cautela que viola el principio de presunción de inocencia.
Esperamos que esta edición genere una reflexión en torno este tema.
Alejandra Silva
Desaparición Forzada
Vol. 2 Núm. 8 (2019)
México enfrenta un grave problema en materia de desapariciones. Actualmente, se calcula que existen alrededor de 40 mil personas no localizadas, quienes pueden presumirse muertas, sin que ello signifique una certeza.
Esta situación es síntoma de un grave problema de seguridad y es también el drama de los familiares que viven la ausencia de un ser querido y la incapacidad de acceder a la verdad de los hechos que motivaron la desaparición.
También es un gran reto para el Estado, quien además de requerir recursos para buscar a las personas no localizadas, debe ser capaz de identificar cuerpos que diariamente se encuentran. Para poner en perspectiva la situación, tan sólo en el primer trimestre del 2019, el gobierno localizó 81 sitios en donde hallaron 222 fosas clandestinas y los gobiernos locales no cuentan con los mecanismos suficientes para identificar a aquellas personas que se presumían desaparecidas.
Además, los familiares se enfrentan a una constante victimización, inician un proceso de búsqueda y recurren a las instancias gubernamentales quienes no siempre brindan el apoyo requerido.
La situación no es sencilla, de ahí que el Instituto Nacional de Ciencias Penales en conjunto con la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, realizaran un foro con el objetivo de plantear los retos y mecanismos que deben atenderse con respecto al delito de desaparición forzada y desaparición cometida por particulares.
El presente número de la Revista Mexicana de Ciencias Penales (RMCP) es resultado de lo anterior. En la presente publicación se recogen algunos de los planteamientos presentados por los expertos, quienes nos dan a conocer los avances del Estado Mexicano en la búsqueda de personas; La situación de los familiares y, por supuesto, la historia de desapariciones en nuestro país, tanto en el periodo de la guerra sucia, como en la llamada guerra contra el crimen organizado.
En este número se buscarán responder preguntas como ¿a qué se debe este fenómeno? ¿Qué relaciones hay con el crimen organizado y la desaparición? ¿Cuál es la distinción entre la desaparición forzada y aquella cometida por particulares?
Así María de Lourdes Velasco Domínguez analiza dos sentencias de amparo concedidas entre 2015 y 2018 con el objetivo de advertir los cambios en los avances en favor de las víctimas en el marco de las decisiones judiciales. Ello a partir del reconocimiento de la existencia del delito de desaparición forzada.
Por su parte, Michel Retama Domínguez y María Soledad Rojas advierten la necesidad de reconocer la desaparición de personas como un tipo de violencia que genera graves efectos en la vida y la salud de los familiares que se transforman en víctimas de la ausencia.
Javier Yankelevich incide en el fenómeno a través de la creación de una red comunicativa y de apoyo que se construyen los familiares de las víctimas, problematiza la situación del sujeto que carece de información sobre el paradero de una persona y centra su análisis en los fenómenos y efectos de las familias.
Así, el presente número conforma una perspectiva general de una situación crítica en México. Esto, con el objetivo de plantear problemas sobre el fenómeno y buscar nuevas vías para afrontarlo.
Corrupción. Perspectivas y retos
Vol. 2 Núm. 7 (2019)
Uno de los fenómenos que más aquejan a la sociedad mexicana es la corrupción ya que desarticula el ejercicio del Estado como institución encargada de regular y proteger a los ciudadanos. Se trata de una práctica que afecta las distintas esferas sociales, fomenta la impunidad y entorpece (no es lo mismo efectivo ejercicio de la procuración que sólo la procuración) la procuración de justicia. Además, también deteriora el servicio público y debilita las instituciones.
En términos generales, por corrupción se entiende un mal ejercicio de la función pública, donde un funcionario antepone el interés personal sobre el bien social, actuando en beneficio propio y violando la ley y las obligaciones que se derivan de su cargo o comisión.
Se trata de un acto u omisión contrarios al derecho que se realizan con el objetivo de obtener una retribución personal, aun (aún se escribe con acento cuando sustituye la palabra todavía, por lo tanto, sí lleva acento) a costa del (interés) nacional. Pero este fenómeno, por demás complejo, también se desarrolla en la interacción entre autoridades y particulares, lo cual genera una red social y sistémica que no se agota únicamente en la función pública, sino que se va constituyendo como una práctica reiterada que vulnera el país.
Es por tales motivos que se han realizado esfuerzos para combatirla y es también por ello que la Revista Mexicana de Ciencias Penales contribuye con el tema.
El presente número, centrado en la corrupción, cuenta con distintos artículos que inciden en el entendimiento de este hecho y en los múltiples mecanismos que se han generado para enfrentarlo.
Sandro García Rojas advierte la relación que existe entre los actos de corrupción y el lavado de dinero. Para el vicepresidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, todo capital obtenido ilícitamente estas prácticas se somete a mecanismos de blanqueado para ocultar su origen y dar apariencia de legalidad. De ahí que las acciones de prevención de lavado de dinero constituyan un eje fundamental para combatir el fenómeno desde el marco financiero.
Por su parte, Ricardo Peralta observa cómo se desarrolla este fenómeno en el flujo de capital en las aduanas y establece algunas alternativas para combatirlo. Eber Betanzos analiza la tipificación penal del cohecho.
Dedicamos este número a la memoria de Carlos Bonnin Erales, un gran servidor público comprometido con la transparencia y rendición de cuentas.
Alejandra Silva
Seguridad y terrorismo
Vol. 2 Núm. 6 (2018)
La seguridad interior —como vertiente de la seguridad nacional— es uno de los ejes fundamentales para la consolidación de un Estado de Derecho; garantiza la paz y la gobernanza, además que permite la conformación de un ambiente propicio para el desarrollo de las actividades económicas, políticas y sociales de un país.
Ésta es el eje fundamental para la actuación en contra del crimen organizado y el terrorismo, dos de los fenómenos delictivos que más desestabilizan el orden de los Estados.
Es así como el presente número de la Revista Mexicana de Ciencias Penales tiene por objetivo analizar la seguridad interior, como eje central del orden interior de México por un lado y el fenómeno del terrorismo como uno de los problemas que más atentan contra la estabilidad nacional.
De esta forma, entre los artículos que el presente número recopila se encuentra el
de ¿Derechos humanos y terrorismo? El cual realiza un acercamiento entre ambos conceptos a través de la relación que existe entre ambos. A lo largo del texto, los autores buscan eliminar la perspectiva tradicional del binomio seguridad- derechos humanos a fin de argumentar que la prevención constituye la mejor medida para atender el fenómeno del terrorismo.
Por otro lado, el autor Arturo de Villanueva Martínez Zurita analiza el tipo penal del terrorismo desde la perspectiva de la investigación en el sistema acusatorio. En dicho texto, el autor analiza el aspecto sustantivo a fin de determinar cómo es que éste se puede acreditar.
Martín Alejandro Paz Campos, advierte que el terrorismo, a pesar de ser un fenómeno que parecería ajeno a nuestro país se trata de un fenómeno latente que es importante conocer.
Desde el ámbito de la seguridad, Eduardo Alberto Herrera Montes y Alberto Herrera Pérez realizan diversas reflexiones en torno a la Ley de Seguridad Interior, ya sea desde su constitucionalidad y legalidad, así como los fenómenos de los derechos humanos y las soberanías locales. Este artículo incide en la actual discusión sobre la pertenencia o no de una ley que regule las acciones de las fuerzas armadas en actividades de seguridad pública con el objeto de garantizar la paz.
En torno a ello, es importante advertir que uno de los argumentos que justificaron la creación de la Ley de Seguridad Interior fue el bajo desempeño de las policías, que no ha sido capaz de hacer frente a los fenómenos de delincuencia.
Es así como el artículo “La medición del desempeño de los Programas de seguridad Ciudadana en México” busca profundizar en la capacidad de las instituciones públicas en materia de seguridad ciudadana para aprender y mejorar su actuación.
Alejandra Silva
¿Alcohol sí, marihuana no? Los retos de la regulación
Vol. 2 Núm. 5 (2018)
En los últimos años, México ha sido testigo de una modificación trascendental en la política contra el uso y consumo de la marihuana; la reforma a la Ley General de Salud que permite su consumo para fines medicinales y los Amparos en Revisión 1115/2017 y 587/2017 promovidos en favor del consumo lúdico, han fomentado la evaluación de la política prohibicionista que nuestro país ha seguido desde la primera mitad del siglo XX.
Adicionalmente, en 2016, la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el Problema Mundial de las drogas, reconoció que la estrategia internacional de guerra contra las Drogas fracasó, por lo que resulta necesario replantear un nuevo enfoque que permita afrontar el fenómeno del narcotráfico.
Ello, ha derivado en una revaloración del anquilosado debate sobre la posible legalización de la marihuana y la reorientación de la política criminal de combate a las drogas, hacia una política pública centrada en la salud. También, ha generado una naciente agenda legislativa que tendrá que atenderse en las siguientes legislaturas, donde necesariamente se tendrá que plantear la pregunta: ¿qué hacer con la marihuana? Atentos del fenómeno social, político, económico y delictivo que se circunscribe en el marco del consumo y de la venta del Cannabis sativa, la Revista Mexicana de Ciencias Penales se suma al debate con el objetivo de presentar las aristas que envuelven la compleja realidad que incide en dicho estupefaciente: ¿debemos replantear la política prohibicionista?, ¿se debe legalizar el consumo lúdico de la marihuana? ¿debe concluir la guerra contra el narcotráfico?, ¿cuáles serían los alcances de la legalización?, ¿cuáles son los retos en materia de política criminal relacionados con el narcotráfico? De la mano de los autores, estas y otras preguntas se responden en este quinto número de la revista. No dejen de leerla
Los retos del derecho penal internacional
Vol. 1 Núm. 4 (2018)
La segunda mitad del siglo XX se caracterizó por el nacimiento de una nueva sociedad global en la que los Estados se encuentran cada vez más interconectados en diversas materias como son la económica, la social, la política, la financiera y también, la seguridad.
Cada vez, se hace más perceptible la interdependencia entre los países y la necesidad de establecer mecanismos que permitan el desarrollo de relaciones internacionales. Ningún país puede actuar de manera aislada y menos aun cuando los fenómenos delictivos trascienden las fronteras.
Precisamente por tales motivos la Revista Mexicana de Ciencias Penales se encuentra dedicada a reflexionar sobre las tareas pendientes en materia de seguridad y derecho penal internacional. Ello, a fin de ofrecer respuestas a los grandes fenómenos a los que México y el mundo se enfrentan.
Es así que la presente publicación inicia con un artículo de Kai Ambos, quien ofrece una profunda reflexión sobre la Corte Penal Internacional y su trascendencia para la conformación de procesos relativos a los core crimes.
Por otro lado, si bien el Protocolo de Estambul es uno de los documentos internacionales más importantes para evaluar la tortura, el psicólogo forense Pablo Gonzalo Ortiz advierte en un artículo, que la acreditación jurídica de un acto de tortura no puede partir únicamente de una evaluación clínica, sino que se requiere de la conformación de principios más especializados que atiendan a distintas líneas científicas de la psicología.
Atendiendo a la seguridad en las fronteras y la cooperación internacional, el investigador Athanasios Hristoulas ahonda en un tema neurálgico de la agenda política mexicana en materia de relaciones internacionales: la cooperación entre los países de América del Norte en materia de seguridad.
Desde una visión actual, Hrstoulas atiende a los desafíos en la política de seguridad tras la llegada el presidente Donald Trump. De igual forma, y en relación
Así mismo, y en torno a los fenómenos de delincuencia y criminalidad en Norte América, Javier Figueroa y Graciela Polanco Hernández inciden en la criminalización de los migrantes y estudian desde una visión criminología la raíz de las aseveraciones del presidente Trump.
Karlos Castilla, atiende al fenómeno de los migrantes como grupo vulnerable. Advierte el delito de asesinato de los mismos y la pertinencia de la Corte Penal Internacional en la investigación.
Desde el marco de la era de desinformación Ulrich Richter observa el fenómeno de las fake news y la posibilidad de acceder a la justicia mexicana cuando se demanda a una empresa trasnacional. A través de la exposición de caso, el abogado narra cómo se demandó a Google Inc.
Finalmente y a propósito de la propuesta de campaña sobre la Admitía, Javier Dondé analiza la figura jurídica desde el marco internacional y advierte la pertinencia de la misma.
Es así como el presente número aborda múltiples fenómenos de violencia, seguridad, política, marginación, vulnerabilidad y acceso a la justicia que se encuentran directa o indirectamente relacionados con la globalización, los marcos jurídicos internacionales y las instituciones.
Delitos Electorales
Vol. 1 Núm. 3 (2018)
El proceso electoral de 2018 fue considerado el más importante de la historia reciente de México, no sólo porque será la primera vez que se disputarán 3406 cargos públicos, sino también porque el 30 por ciento del electorado se conforma por jóvenes y porque se llevará a cabo conforme a las nuevas reglas que se derivaron de la reforma político-electoral de 2014.
Algunos candidatos buscan la reelección, las mujeres cuentan con la garantía de la paridad de género, los mexicanos que residen en el extranjero podrán votar y los partidos políticos y los candidatos tendrán que actuar de acuerdo con las nuevas reglas en materia de fiscalización y rendición de cuentas.
Lo anterior genera retos para la procuración de justicia electoral. Hoy contamos con una Ley General en Materia de Delitos Electorales que modifica algunos de los tipos penales del Código Penal Federal para conformar elementos objetivos que faciliten la investigación y se crean nuevos tipos penales en materia de fiscalización y rendición de cuentas. Además, las reglas de competencia se modifican porque estamos ante un sistema nacional de elecciones, no federal, lo cual significa que la FEPADE puede tener una mayor participación en los comicios locales cuando el INE ejerce su facultad para organizar las elecciones locales.
También la paridad de género en la selección de candidatos y candidatas ha generado el fenómeno de la violencia político-electoral por razones de género; en la medida en que se incrementa el número de mujeres que participan en las elecciones, aumenta la violencia que se ejerce contra ellas. Conscientes de la importancia y los retos que se vislumbran en las elecciones, la Revista Mexicana de Ciencias Penales propone este número sobre la procuración de justicia electoral con el objeto de reflexionar sobre los fenómenos delictivos en los comicios.
En este sentido, el artículo de Jaime Arturo Vázquez Aguilar realiza un recuento histórico sobre el fortalecimiento y la consolidación del actual sistema de justicia electoral, el cual será fundamental para vigilar a la legalidad de las elecciones tanto en el ámbito de la procuración como de la administración de la Justicia. También, la exfiscal de la FEPADE María de los Ángeles Fromow realiza un análisis de los nuevos tipos penales contenidos en la nueva ley a fin de exponer sus elementos objetivos y los ejes fundamentales de su acreditación.
Guadalupe Valdés Osorio analiza el error de tipo y de prohibición en el marco de penal electoral; refiere los elementos normativos de la valoración jurídica de los delitos electorales y el tratamiento que a estos debe darse escaso de concurrir un error de hecho, de derecho, de tipo o de prohibición. Israel Alvarado Martínez y Nelly Montealegre Díaz analizan los fenómenos de los delitos cibernéticos y cómo estos vulneran el buen desarrollo y ejercicio electoral a través del ataque a los sistemas.
Blanca Ivonne Olvera Lezama, refiere la relación entre las ciencias penales y el sistema democrático mexicano, así como los procesos de investigación y persecución de los delitos que atentan contra el derecho al libre ejercicio del voto.
Finalmente, la senadora Diva Gastélum, la magistrada electoral María Guadalupe Silva Rojas y el investigador Bernardino Esparza Martínez, abordan el fenómeno de la violencia político-electoral desde tres visiones distintas. La senadora refiere el proceso y la justificación de la reforma que planteó a principios de 2017 con el objetivo de crear un marco jurídico proteccionista para las mujeres que participan en el ámbito público; la magistrada lleva a cabo un análisis entre la paridad y la imparidad de género en el marco electoral, analiza los principios normativos de igualdad en correlación con las dificultades y los actos de violencia a los que se enfrentan las candidatas. Por su parte, Esparza retoma la reforma promovida por la senadora Gastélum, y hace un análisis normativo de la misma con el objeto de estudiar sus elementos jurídicos. Así, este nuevo número de la RMCP pretende ofrecer respuestas a los retos actuales de la procuración de justicia electoral.
Sistemas Penales en Latinomérica
Vol. 1 Núm. 2 (2017)
Otro de nuestros autores, analiza el descongestionamiento de la procuración de justicia a través de las figuras alternativas al juicio y otro más, cuestiona la idoneidad de un garantismo penal que parte de la presunción de inocencia y la igualdad de las partes procesales: acaso ¿la justicia negociada y la disminución del estándar de la prueba incrementará la incidencia delictiva? El autor parte de algunas declaraciones en contra del sistema mexicano para ofrecer respuesta al cuestionamiento.
Por otro lado, la experiencia de un autor en la construcción y evaluación de la política educativa en las prisiones de Brasil nos demuestra que, para hacer efectivo el derecho al que tienen acceso las personas en internamiento, hace falta más que buena voluntad; dicho derecho debe ser garantizado con pocos recursos económicos, escasa infraestructura y poca organización institucional.
En el marco de la criminología, también se estudia el fenómeno de las muertes y las desapariciones a cargo del estado como un fenómeno de la violencia y desde el marco de la administración de la justicia se discute el proceso del amparo mexicano en los casos de tortura.
Finalmente, se concluye con un discurso sobre los 75 años de servicios periciales, en el que se advierte la importancia de la criminalística como ciencia exacta que aporta, valida y fortalece la procuración de justicia.
Es así como los autores de este número presentan rutas que buscan dar respuesta y luz a los fenómenos que inciden en el marco de las ciencias penales. Ello, desde distintos países y a través de disciplinas teóricas y prácticas, que dan como resultado un panorama general del largo camino que hemos transitado y los obstáculos que los profesionales de las ciencias penales todavía deben afrontar.
Nuevo sistema penal Acusatorio
Vol. 1 Núm. 1 (2017)
A un año de la implementación del nuevo sistema de justicia penal en México ha surgido, como era de esperarse, preguntas como en qué lugar nos encontramos, ¿Qué tan bien ha funcionado el sistema?, ¿Se han satisfecho las expectativas propuestas en la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008’, ‘Es tan fundamentalmente con solidez las críticas al nuevo sistema?
En una democracia, las respuestas a este tipo de preguntas no pueden ser unívocas ni parte de un nuevo dogma. Más bien, son el inicio de una amplia discusión sobre los retos y obstáculos, logros y fallas del sistema que apenas se ha propuesto en marcha. No sería responsable ofrecer ese tipo de respuestas, pero sí es necesario mostrar diferentes puntos de vista y —por supuesto— exhibir las medias verdades, develar las opiniones sustentadas en un nulo conocimiento del tema y que sólo repiten puntos de vida en redes sociales, en medios masivos de comunicación y de las críticas hechas por demagogos que prefieren acusar al sistema acusatorio de las fallas en sus políticas de seguridad pública.
En este contexto nace la Revista Mexicana de Ciencias Penales editada por el Instituto Nacional de Ciencias Penales y que toma el lugar de la revista Iter Críminis. Momento preciso, si es que los hay, para el surgimiento de un espacio de diálogo, debate y transmisión del conocimiento relacionado con las ciencias penales.
Esperamos que la RMCP sea de gran ayuda para el cumplimiento de la noble misión de la procuración de justicia: una herramienta para la policía de investigación, los analistas, peritos, agentes del Ministerio Público y también los lectores en general, que deseen conocer los grandes cuestionamientos sobre el sistema penal.